Esta noticia fue publicada previamente por El Periódico.
La compañía de telefonía Orange acaba de ser multada con 100.000 euros por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tras comprobar una práctica empleada por la compañía para confirmar la identidad de sus clientes durante las entregas de paquete: fotografiar los DNI por ambas caras. Los técnicos de la Agencia concluyen que en el carné aparecen más datos personales de los necesarios para el intercambio.
El caso se remonta a 2020 cuando un particular se dirigió al cuartel de la Guardia Civid de Totana, en Murcia, para solicitar una investigación porque un repartidor de GLS fotografió ambas caras del DNI del cliente. La resolución de la AEPD salió el pasado jueves.
Consulte la noticia original si desea conocer más.
- La ICO británica multa a LastPass con 1,2 millones de euros por una brecha masiva de datos
- Anticorrupción investiga si Plus Ultra desvió fondos del rescate para blanquear dinero venezolano
- AESIA publica sus primeras guías para el desarrollo ético y seguro de la inteligencia artificial
- El Tribunal Constitucional de Eslovaquia suspende la disolución del órgano de protección a denunciantes
- La AMLA da un paso clave hacia la supervisión armonizada contra el blanqueo en la UE
- El GAFI detecta deficiencias en la lucha contra el blanqueo de capitales en Bélgica