Este post proviene de esta fuente de noticias
La nueva sentencia del Tribunal Supremo, sobre el precio de las tarjetas revolving (ST 367/2022, de 4 de mayo), revisa el caso de una tarjeta de crédito Barclaycard contratada antes de 2010, concretamente en 2006.
El Supremo ha estimado que, para ese caso, una TAE del 24,5% anual no puede ser considerada como usuraria ya que, en fechas próximas a la emisión de la tarjeta, “era habitual que las tarjetas revolving contratadas con grandes entidades bancarias superasen el 23%, 24%, 25% y hasta el 26% anual”, porcentajes que, añade el Tribunal, se reproducen en la actualidad.
Con esta nueva sentencia, el Alto Tribunal aclara la importancia de valorar los precios más habituales empleados por las principales entidades bancarias que operan en el mercado de las tarjetas revolving a la hora de determinar cuál es el “precio normal del dinero” para este producto y si una TAE puede ser considerada usuaria o no.
- La AMLA fija sus prioridades estratégicas para el periodo 2026-2028
- El Gobierno da luz verde al estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas
- La policía italiana registra un club de fútbol vinculado a Doge por blanqueo de capitales
- La Comisión Europea incumple el plazo para guiar sistemas de alto riesgo en la ley de IA
- El Reino Unido publica la lista de empresas que incumplieron la normativa antiblanqueo
- La SFO archiva un caso de soborno extranjero vinculado a Sierra Leona