Este post proviene de esta fuente de noticias

El posible espionaje producido por parte del CNI a líderes del movimiento independentista catalán como Carles Puigdemont u Oriol Junqueras, a través del uso del software Pegasus no faculta a la AEPD para llevar a cabo una investigación. Así, La AEPD se desmarca de Pegasus.

Cabe recordar que este software de origen iraní instala en el móvil de la persona espiada una aplicación mediante el envío de un enlace previo vía SMS, que el objetivo del espionaje abre pensando que se trata de un mensaje confiable. Desde ese momento, Pegasus puede acceder a todo el contenido del equipo, así como activar y desactivar distintas funciones del sistema.

En base a lo anterior, se podría afirmar que los supuestos espionajes realizados habrían vulnerado la normativa en materia de protección de datos, siendo la AEPD el organismo encargado de velar por el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). No obstante, en esta ocasión la Agencia se ha declarado no competente para llevar a cabo la investigación de dichos sucesos.

Se afirma desde la AEPD, que en base al artículo 2 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), la ley no será de aplicación a aquellos tratamientos sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas. Dicha exclusión aparece contemplada en el Reglamento, que permite a los Estados miembros de la Unión regular dentro de sus respectivas legislaciones nacionales. Sin embargo, el problema reside en que no está claro que tratamientos están sometidos a normativa sobre protección de materia clasificadas, lo que está llevando a que muchas voces soliciten que la AEPD investigue sin el CNI actuó con amparo legal o no.

Según las últimas informaciones, el CNI habría pagado más de seis millones para contratar el software Pegasus.

En este contexto, el EDPS (Supervisor Europeo de Protección de Datos), se ha pronunciado recientemente respecto al uso del software espía Pegasus, afirmando que su uso supone un nivel de intrusismo sin precedentes que amenaza el derecho a la privacidad en nuestras vidas diarias.

Dicho comentario por parte del EDPS, coloca a la Agencia Española en una situación comprometida, al ser el organismo de referencia para conocer de estas situaciones, pero tratarse a su vez de un organismo público con marcado carácter político.

Puedes consultar la noticia completa aquí.

Observatorio de Privacidad y Derechos Digitales