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Hace no mucho conocíamos la noticia de que Meta, matriz de Facebook e Instagram, había advertido que retiraría sus servicios de la UE si no se le permitía enviar los datos personales de los usuarios europeos a EE. UU. No obstante, Meta, al igual que la mayoría de multinacionales digitales de EE. UU., han seguido enviando dichos datos de un continente a otro, pese a ser una práctica invalidada por el Tribunal de Justicia de la UE.

Para poder realizar dichas transferencias de datos, las compañías se han escudado en las denominadas Cláusulas Contractuales Estándar, las cuales están siendo estudiados por las distintas agencias de privacidad europeas con el fin de determinar si estas cumplen con las normas comunitarias.

De hecho, es la agencia irlandesa de protección de datos (DPC, en inglés) la institución encargada de investigar si es válida dicha fórmula legal empleada por Meta, al estar situada en Dublín la sede europea de la compañía. Sin embargo, la decisión que tome la DPC debe ser consensuada con el resto de reguladores de privacidad europeos, pues todos pueden verse afectados por dicho fallo.

Es importante indicar que en el caso de la DPC considerase ilegales dichas Cláusulas, Meta debería decidir si retira el acceso a Facebook e Instagram en la UE. Por el momento, no se conoce el sentido del fallo, pero si que se sabe que varias agencias europeas han puesto pegas a la decisión de Irlanda.

Y es que el retraso provocado por las objeciones del resto de agencias sobre el proceso de resolución puede hacer que la resolución acabe siendo irrelevante. Esto es así porque tanto desde la UE como desde EEUU se lleva tiempo trabajando en la formulación de un nuevo tratado que dote de seguridad jurídica a las transferencias de datos personales entre ambos países, el cual se espera que este en vigor a finales de este año, solapándose con la posible invalidación que supondría la resolución de la DPC.

En resumen, se puede afirmar que las discrepancias existentes entre los distintos reguladores de privacidad europeos sobre la validez o no de las Cláusulas Contractuales Estándar, ha alargado el proceso de resolución, haciendo que el mismo pueda coincidir en el tiempo con la puesta en marcha de un nuevo tratado de transferencias de datos, lo que haría irrelevante todo el proceso.

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