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Se ha publicado la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia. Tiene como objeto las relaciones de trabajo realizadas fuera de los establecimientos y centros de la empresa.

La expansión de la pandemia y las medidas determinadas con la despoblación rural han dado lugar a una abrupta evolución económica global. De esta forma, el trabajo a distancia se ha convertido en un mecanismo eficaz para dar respuesta a los nuevos retos económico como sanitarios.

En virtud del art. 1 del texto legal, se entenderá como trabajo a distancia:

Se entenderá que es regular el trabajo a distancia que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del treinta por ciento de la jornada, o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.

No obstante, en esta nueva Ley se derivan ciertas nuevas implicaciones en materia de privacidad para los trabajadores:

  • Art.6 Obligaciones formales del acuerdo de trabajo a distancia. Se deberá entregar a la representación legal de los trabajadores una copia de todos los acuerdos de trabajo a distancia. Este tratamiento deberá estar sujeto a los principios y garantías de la normativa en materia de protección de datos.
  • Art.7.j) Contenido del acuerdo a distancia. El acuerdo de trabajo a distancia deberá contener como mínimo las instrucciones dictadas por la empresa aplicables en materia de protección de datos.
  • Art. 17 Derecho a la intimidad y a la protección de datos. La utilización de medios telemáticos y control de la prestación laboral. En caso de uso de dispositivos automáticos. deberá garantizarse el derecho a la intimidad y a la protección de datos.
  • Art.20 Protección de datos y seguridad de la información. Los trabajadores deberán cumplir con las instrucciones establecidas por la empresa en materia de protección de datos. Asimismo, se deberán tener cumplir con las instrucciones determinadas sobre seguridad de la información. Siempre, previa información / participación de la representación legal de los trabajadores.

La Ley entró en vigor el pasado 11 de julio de 2021, a excepción del apartado dos de la DA 1ª que entrará en vigor el 1 de octubre de 2021.

Para más información: Texto legal completo.

Observatorio Autelsi