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El Juzgado de lo Mercantil de Vitoria ha dictado una sentencia en la que considera que el cobro de la comisión de BBVA por ingreso de efectivo en ventanilla por parte del no titular de la cuenta así como la comisión por retirada en efectivo de 2.000 euros o menos, también en ventanilla pero por parte del titular de la cuenta, constituyen unas prácticas abusivas, contrarias a la normativa de protección de los consumidores y usuarios y, consecuentemente, se considera nula la cláusula en virtud de la cual practica el cobro.
En base a ello, ha condenado a la entidad a cesar en la práctica indicada y a eliminar de sus condiciones generales las cláusulas contractuales por la que impone el cobro de estas comisiones.
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