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La Autoridad Bancaria Europea (EBA) ha publicado un análisis de cómo se ha aplicado en toda la UE su Dictamen sobre el tratamiento prudencial de los instrumentos heredados. Desde la emisión de este dictamen, la EBA ha estado trabajando en estrecha colaboración con las autoridades competentes para supervisar las medidas adoptadas por las entidades para mitigar el riesgo de contagio relacionado con dichos instrumentos heredados. En general, la EBA ha constatado que tanto las entidades como las autoridades competentes han realizado esfuerzos significativos para aplicar el Dictamen de la EBA de forma eficaz y coherente.
En general, las entidades han realizado esfuerzos significativos para resolver los problemas relacionados con los instrumentos heredados, principalmente mediante la reclamación, el reembolso, la recompra y la recompra de dichos instrumentos o la modificación de sus términos y condiciones. Además, en algunas jurisdicciones, la transposición del artículo 48, apartado 7, de la Directiva sobre reestructuración y resolución de entidades bancarias (BRRD) ha contribuido a mitigar el riesgo de contagio, al garantizar que todos los créditos resultantes de los elementos de los fondos propios tengan, en la legislación nacional que regula los procedimientos de insolvencia normales, un rango de prioridad inferior al de cualquier crédito que no sea resultado de un elemento de los fondos propios. En el caso de un número limitado de instrumentos, las acciones siguen en curso o se están estudiando, y está previsto que las opciones de compra se ejerzan en el transcurso de 2022 o más adelante. Algunos instrumentos se mantendrán en una categoría inferior de fondos propios o como pasivos admisibles o en el balance como capital no reglamentario. Podrían emprenderse o anunciarse algunas acciones más en un futuro próximo.
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