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La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 7 años y 5 meses de prisión impuesta el 16 de septiembre de 2019 por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria al fundador del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL) Dimas M.M. como director de un delito de asociación ilícita, delito continuado de malversación de caudales públicos de especial gravedad en concurso real con fraude, y ambos en concurso medial con prevaricación, y delito continuado de cohecho.
El Supremo ha desestimado los recursos de casación presentados por tres de los condenados en esta causa. Además del fundador, recurrieron sus condenas el concejal de Barrios y Limpieza Viaria del Ayuntamiento de Arrecife (Lanzarote) por el PIL en el tiempo de los hechos juzgados, Antonio J.M.R., condenado a 8 años de prisión por cohecho, malversación, prevaricación, fraude y falsedad en documento mercantil, y el administrador de una empresa de construcciones y reparaciones Manuel G.R.F., condenado a 2 años y medio de prisión por cohecho, malversación, fraude y falsedad.
Los otros siete condenados en esta causa no recurrieron la sentencia ante el Supremo.
Según relatan los hechos probados de la sentencia confirmada, “Dimas M.M. ejercía durante el periodo comprendido entre el mes de abril del año 2007 y el mes de mayo del año 2009 una ascendencia total y absoluta sobre los Concejales del Partido de Independientes de Lanzarote, (PIL), que aquel había fundado años antes en el Ayuntamiento de Arrecife, en concreto los también acusados José Miguel R.S., Ubaldo B.R., ascendencia que igualmente se extendía al también acusado Matías C.L., tesorero y administrador general de las campañas electorales de las elecciones locales y generales de los años 2007 y 2008 respectivamente”.
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