La AEPD ha publicado un informe fruto de una consulta recibida acerca del artículo 5 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que atribuye la condición de responsable del tratamiento de los datos personales al órgano de administración u órgano de gobierno de cada entidad u organismo obligado por esta ley.

En dicha consulta, tras analizar el nuevo régimen jurídico del sistema interno de información regulado por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, la responsabilidad patrimonial de los administradores regulada en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y el concepto de responsable del tratamiento conforme al artículo 4.7. del RGPD, se recogen distintas conclusiones.

Si desea conocer estas conclusiones, consulte el informe emitida por la AEPD pinchando aquí.