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Recientemente, el Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) ha publicado en su página web el dictamen conjunto emitido junto al Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) relativo a la propuesta de la Ley de Datos (Data Act).

En líneas generales, ambas instituciones alaban los esfuerzos realizados a la hora de elaborar dicha propuesta, consiguiendo que esta no interfiera ni afecte al marco vigente en materia de protección de datos.

No obstante, también se insiste en la necesidad de establecer salvaguardas para evitar los posibles riesgos que puedan afectar a la protección de los datos personales en la práctica.

Cabe recordar que la Ley de Datos tiene como objetivo establecer una serie de normas armonizadas relativas al acceso y uso de los datos generados a partir de los objetos conectados (“Internet de las cosas”), los dispositivos médicos, sanitarios y los asistentes virtuales. En sus objetivos también se encuentra mejorar el derecho a la portabilidad de datos de los interesados, establecido en el artículo 20 del Reglamento General de Protección de Datos.

Así, al tratarse de una ley potencialmente aplicable a los datos sensibles, el ESPD y la CEPD instan a los colegisladores a garantizar que estos sean debidamente protegidos.

También aconsejan a los colegisladores que limiten el uso de los datos generados a través del uso de un producto o servicio por cualquier entidad ajena al interesado, especialmente, si del análisis de dichos datos se pudiesen extraer conclusiones claras sobre la vida privada de los interesados. En la línea de lo anterior, el ESPD y la CEPD recomiendan la introducción de limitaciones claras en relación con el uso de los datos con fines de marketing o publicidad, así como para proteger a los menores.

Afirman que otro punto preocupante es el llamado supuesto de “necesidad excepcional” por el que se debe poner los datos a disposición de los organismos del sector público de los Estados miembros de la UE. En este sentido, instan a los colegisladores a que definan de manera clara que se entiende por hipótesis de emergencia o “necesidad excepcional”.

Por último, se solicita que las autoridades nacionales de protección de datos sean designadas como autoridades competentes en virtud de la Ley de datos.

Puedes consultar el anuncio haciendo clic aquí.

Resumen Linkedin: El Supervisor Europeo de Protección de Datos y el Comité Europeo de Protección de Datos se han pronunciado conjuntamente sobre el nuevo proyecto normativo europeo sobre datos, con el fin de resaltar distintas preocupaciones relativas al mismo.