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La entrada en vigor del Reglamento de Servicios Digitales, conocido como DSA por las siglas de su denominación en inglés (Digital Services Act), supone el aldabonazo final para que los prestadores de servicios de intermediación -transmisión, almacenamiento temporal o alojamiento- en el ámbito de las comunicaciones electrónicas adecúen sus procedimientos a las exigencias de esta norma, que será de aplicación para todos ellos dentro de 15 meses, es decir, a principios de 2024, si bien la aplicación de los poderes y obligaciones de ejecución de la Comisión Europea es inmediata y su aplicación a las plataformas en línea designadas por la Comisión como plataformas en línea muy grandes, o VLOP por sus siglas en inglés (más de 45 millones de destinatarios activos mensuales de promedio) llegará cuatro meses después de su designación como tales.
Con la adopción de este reglamento, la Comisión Europea pretende aumentar el control sobre los grandes prestadores de servicios en línea, cuya carga burocrática en términos de gestión, transparencia y generación de evidencias aumenta exponencialmente, y, de paso, promover un entorno en línea más seguro para los usuarios y las empresas digitales. Por su parte, las microempresas y las pequeñas empresas -menos de 50 personas y total anual no superior a 10 millones- quedan excluidas de las obligaciones específicas de las plataformas en línea, pero sí podrán beneficiarse de las obligaciones que se les imponen a los grandes prestadores de servicios, por ejemplo, a la hora de no ser excluidas de listados o discriminadas en beneficio de otros prestadores de mayor tamaño.
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