Esta noticia fue publicada previamente por el Periódico de España.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves que los buscadores de Internet, como Google, deben retirar los enlaces que redirijan a páginas con información “manifiestamente inexacta”, siempre y cuando lo demuestre la persona solicitante. Tras una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo de lo Civil y lo Penal de Alemania, los jueces europeos estiman que debe prevalecer el llamado ‘derecho al olvido’ (para la supresión de contenidos digitales) cuando haya pruebas de que “al menos una parte” de la información de un enlace es inexacta.
En internet, los enlaces sirven para vincular, por ejemplo, partes del contenido de un texto de una página web con un contenido similar de otro portal diferente, permitiendo al usuario desplazarse de una página a otra con tan solo un clic. Los jueces europeos consideran que, si hay información falsa en alguno de estos enlaces, es responsabilidad de la persona afectada acreditar esa inexactitud, o bien demostrar que la parte errónea tiene más importancia que el conjunto del contenido.
Consulte la noticia original si desea conocer más.
- La ICO británica multa a LastPass con 1,2 millones de euros por una brecha masiva de datos
- Anticorrupción investiga si Plus Ultra desvió fondos del rescate para blanquear dinero venezolano
- AESIA publica sus primeras guías para el desarrollo ético y seguro de la inteligencia artificial
- El Tribunal Constitucional de Eslovaquia suspende la disolución del órgano de protección a denunciantes
- La AMLA da un paso clave hacia la supervisión armonizada contra el blanqueo en la UE
- El GAFI detecta deficiencias en la lucha contra el blanqueo de capitales en Bélgica