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El Tribunal Superior de Andalucía, en una sentencia de 13 de enero de 2022, confirma la condena a un empresario a pagar 90.000 € a dos trabajadores a los que humilló delante de otros compañeros.
Los damnificados eran representantes sindicales y el jefe convocó una asamblea en la que los señaló y atacó personalmente como causantes de las modificaciones laborales que debía introducir, con el único propósito de revocar sus mandatos, lo que finalmente consiguió.
Los representantes de los trabajadores de este asunto fueron humillados y sometidos a un escarnio público, fueron aislados en su entorno laboral, – pues a ningún trabajador le conviene que se le relacione con ellos, apunta la sentencia-, y fueron degradados en sus condiciones de trabajo.
Todo sucedió en dos reuniones públicas celebradas delante de toda la plantilla de empleados, en las que se atentó gravemente, no solo contra el derecho a la libertad sindical, sino también contra la integridad moral y dignidad de los empleados ofendidos.
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