Este post proviene de esta fuente de noticias
La Comisión Nacional de la Informática y las Libertades (CNIL) ha multado con 400.000 euros a un operador de transporte público estatal.
El operador, recopiló y almacenó datos sobre la cantidad de días que sus trabajadores estuvieron de huelga en archivos destinados a promoción interna. En este sentido, la CNIL determina que es ilícito la recogida y el tratamiento de datos sobre los días de huelga de los trabajadores del operador. Se debería haber limitado la información al número de días de ausencia de cada agente sin indica el motivo de la ausencia.
Asimismo, la Autoridad francesa determinó el principio de limitación del plazo de conservación de los datos, dado que, la aplicación usada para la monitorización de los trabajadores almacenaba datos por encima del periodo de conservación estipulado (18 meses).
En último lugar, en cuanto a la falta de seguridad, se detectó que los trabajadores podían acceder a información excesiva no encontrándose limitado su acceso bajo roles y permisos.
Accede a la Resolución completa aquí.
- La Autoridad francesa multa con 400.000 euros a un operador de transporte
- Sanción de 80.000€ a una entidad bancaria
- Nueva Ley de Protección de Datos en Andorra
- La Autoridad francesa publica una guía práctica sobre DPD
- La suplantación de identidad digital, un problema para las empresa
- Brecha de seguridad en una gran operadora de telecomunicaciones