Este post proviene de esta fuente de noticias
La información anónima es un conjunto de datos que no guarda relación con una persona física identificada o identificable (Considerando 26 del RGPD), en tanto que la información seudonimizada es un conjunto de datos que no puede atribuirse a un interesado sin utilizar información adicional, requiere que dicha información adicional figure por separado y, además, esté sujeta a medidas técnicas y organizativas destinadas a garantizar que los datos personales no se atribuyan a una persona física identificada o identificable (Artículo 4.5).
Transformar un conjunto de datos personales en información anónima o seudonimizada exige realizar un tratamiento sobre dichos datos personales. El tratamiento de anonimización genera un único y nuevo conjunto de datos, mientras que el tratamiento de seudonimización genera dos nuevos conjuntos de datos: la información seudonimizada y la información adicional que permite revertir la anonimización.
Consulte la noticia original para conocer más.
- La AMLA fija sus prioridades estratégicas para el periodo 2026-2028
- El Gobierno da luz verde al estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas
- La policía italiana registra un club de fútbol vinculado a Doge por blanqueo de capitales
- La Comisión Europea incumple el plazo para guiar sistemas de alto riesgo en la ley de IA
- El Reino Unido publica la lista de empresas que incumplieron la normativa antiblanqueo
- La SFO archiva un caso de soborno extranjero vinculado a Sierra Leona