Privacidad y seguridad en las señales V16 geolocalizadas
Esta noticia ha sido publicada previamente por la Agencia Española de Protección de Datos
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido una nota informativa sobre el uso de las balizas V16 conectadas con geolocalización, que serán obligatorias a partir de enero de 2026 para señalizar incidentes de tráfico. La AEPD advierte que el tratamiento de datos personales derivados de su uso debe respetar el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y garantizar los principios de minimización de datos, limitación de la finalidad y transparencia.
Según la AEPD, estos dispositivos solo deben enviar la ubicación del vehículo al punto de acceso nacional en materia de tráfico, sin permitir la identificación directa del conductor o titular del vehículo. Además, destaca que los fabricantes o proveedores que gestionen estos datos tendrán la consideración de responsables o encargados del tratamiento, dependiendo del modelo de negocio, y deberán informar claramente a los usuarios sobre el tratamiento realizado.
Recomendaciones para garantizar la protección de datos
La Agencia subraya la necesidad de evitar la recogida de datos personales innecesarios y de implementar medidas técnicas y organizativas adecuadas para preservar la privacidad de los usuarios. Asimismo, recalca la importancia de definir correctamente las funciones de los distintos actores implicados en el tratamiento, incluyendo fabricantes, distribuidores y operadores de las plataformas de gestión de datos.
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