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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria confirma la procedencia del despido de un trabajador que usó la tarjeta restaurante de la empresa durante las vacaciones. La Sala considera que no justifica su utilización el hecho de que estuviera activada, pues el empleado era conocedor que solo se podía usar para gastos por motivos de trabajo.
El hombre utilizó la tarjeta durante las vacaciones, sin conocimiento, ni consentimiento de la empresa, lo que supone un abuso de confianza a criterio de la Sala, ya que además tiene traslado a la nómina del mes siguiente como salario en especie, con su correspondiente tributación y cotizaciones. Además, añade la sentencia, actuó con dolo, al ser plenamente consciente de lo que hacía porque tuvo que comprobar, estando de vacaciones, que la tarjeta estaba activada, para luego proceder al cargo del gasto cuando no estaba trabajando.
Asimismo, según se desprende del relato de los hechos probados, lo hizo de forma reiterada en el tiempo, durante 15 días, en el periodo de dos meses y a sabiendas, pues era perfectamente conocedor de que no podía emplear la tarjeta para gastos no relacionados con el trabajo.
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