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El Tribunal Supremo ha considerado que llevar a cabo un gran número de extinciones de contratos en el periodo de prueba se trata, en realidad, de un despido colectivo de hecho.
La empresa, con una plantilla de 180 trabajadores, despidió improcedentemente a 34 trabajadores y extinguió sin causa 6 contratos temporales, y además, concluyó 25 contratos por la supuesta falta de superación del período de prueba. Para la Sala es sin duda un claro abuso de derecho, además de totalmente irrazonable y desproporcionado.
Según la sentencia (disponible en este enlace), extinguir un número tan alto de contratos sin que la empresa haya intentado acreditar mínimamente las razones de una medida que califica de “extravagante”, revela el intento fraudulento de acudir a la figura del despido colectivo. Porque, además, no considera causa de justificación las supuestas quejas de algunos trabajadores porque consideraban que no se aseguraba su salud durante la pandemia, cuando la empresa intenta defender su postura en una bajada generalizada del rendimiento.
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