Esta noticia fue publicada previamente por el Consejo de Europa.
El Consejo de Expertos en Derecho de las ONG de la Conferencia de las ONGI ha publicado un Estudio sobre las organizaciones no gubernamentales y la aplicación de medidas contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Este Estudio se ocupa de la elaboración y supervisión de la aplicación de determinados requisitos europeos e internacionales con respecto a las actividades que podrían apoyar o servir de cobertura para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, en la medida en que esto puede tener un impacto negativo en las actividades legítimas de las ONG en los Estados miembros del Consejo de Europa.
Estos requisitos se refieren a las leyes y reglamentos que deben aplicarse a determinadas organizaciones sin ánimo de lucro, así como a la necesidad de revelar la propiedad efectiva que se aplica a todas las personas jurídicas. Han sido elaborados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (“GAFI”) y por la Unión Europea (“la UE”) en una Directiva.
Los requisitos se están aplicando a través de medidas adoptadas por los Estados miembros bajo la supervisión del GAFI, la UE y el Comité de Expertos del Consejo de Europa sobre la evaluación de las medidas contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (“MONEYVAL”).
El Estudio aclara, en primer lugar, cuáles son las ONG con las que se supone que hay que cumplir los requisitos antes de considerar el proceso de evaluación emprendido por el GAFI y MONEYVAL, centrándose en particular en el grado de participación de las ONG en este proceso.
El Estudio muestra que la forma en que los Estados están aplicando los requisitos pertinentes está dando lugar, o dará lugar, a importantes cargas para las ONG que no corren el riesgo de verse implicadas en el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo y, por tanto, lo hacen sin aportar ninguna contribución útil a la lucha contra dichas actividades.
Concluye que es poco probable que las dificultades encontradas en la aplicación de los distintos requisitos se superen sin un compromiso mucho más serio y continuo de los órganos de supervisión con las ONG, no sólo en lo que respecta a la elaboración de los requisitos y las correspondientes orientaciones de aplicación -como ha empezado a ocurrir-, sino también en la supervisión de su aplicación.
Consulte la noticia original si desea conocer el informe.
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