Esta noticia fue publicada previamente por el Poder Judicial.
El juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona ha acordado atribuir a todas las personas hasta el momento investigadas, incluido el F.C. Barcelona, el delito de cohecho. En el caso de E.N. se le atribuye un delito continuado de cohecho pasivo en concepto de autor y en el de Javier E.R. otro delito continuado de cohecho pasivo en concepto de cooperador necesario.
Respecto a la persona jurídica del F.C. Barcelona y a los directivos del club investigados se les atribuye un delito continuado de cohecho activo. Todo ello sin perjuicio de mantener la calificación alternativa del delito de corrupción deportiva del artículo 286bis 4º CP, al menos durante esta fase de instrucción.
Consulte la noticia original si desea conocer más.
- Gracias por leernos
- Orden de detención contra el expropietario del Málaga por delitos económicos
- Polonia investiga a Zondacrypto por presunto fraude y blanqueo de capitales
- Italia sanciona a Poste Italiane por vulneraciones en protección de datos
- Los reguladores de EE. UU. flexibilizan la gestión del riesgo de modelos bancarios
- El sello Europrivacy amplía su alcance global para transferencias internacionales de datos