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El SEPD ha publicado su dictamen sobre el paquete legislativo contra el blanqueo de capitales (PBC) propuesto por la Comisión Europea.

El SEPD acoge con satisfacción el paquete de medidas contra el blanqueo de capitales y apoya el interés general de luchar eficazmente contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Acoge con satisfacción la armonización prevista del marco de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo mediante la promulgación de un Reglamento, ya que ello dará lugar a una aplicación más coherente de las principales normas por parte de los Estados miembros de la UE. Además, considera que la armonización de las actividades de supervisión a escala de la UE bajo la misma autoridad europea es un paso positivo, pero pide que se definan claramente las funciones, desde la perspectiva de la protección de datos, de todos los interesados que participan en el modelo de supervisión.

El SEPD observa que el paquete de medidas propuestas contra el blanqueo de capitales adopta un enfoque basado en el riesgo para la selección de los clientes de los bancos con el fin de evaluar si pueden representar un riesgo de blanqueo de capitales. Si bien el SEPD aprecia el valor del enfoque basado en el riesgo en que se basa el paquete legislativo propuesto, considera que son necesarias más aclaraciones para minimizar la intrusión en la intimidad de las personas y garantizar el pleno cumplimiento de las normas de protección de datos.

Wojciech Wiewiórowski, SEPD, dijo: “Reconozco la importancia de la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Al mismo tiempo, también es importante que las medidas previstas para lograr este objetivo estén plenamente en consonancia con las leyes y los principios de protección de datos de la UE. En particular, el tratamiento de los datos personales de los individuos debe limitarse a lo que es necesario y proporcionado a la luz de los fines específicos establecidos en las propuestas.”

En relación con la propuesta de mecanismo de coordinación de las Unidades de Inteligencia Financiera (UIF), el SEPD subraya en su dictamen que el acceso a la información relacionada con las infracciones penales en particular, y el acceso a la información administrativa y a la información financiera sobre las personas debe limitarse a lo que es necesario a la luz de los fines específicos. A este respecto, invita al legislador a reevaluar la necesidad y la proporcionalidad de los derechos de acceso propuestos.

Por último, el SEPD aconseja que las categorías de datos personales que pueden tratarse se establezcan en el paquete legislativo propuesto sobre la lucha contra el blanqueo de capitales. Además, considera que no debería permitirse el tratamiento de datos personales relativos a la orientación sexual o al origen étnico de las personas. Además, la propuesta debería indicar las condiciones específicas y estrictas en las que se permite el tratamiento de datos sobre los delitos y/o condenas penales de las personas.