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El Tribunal Supremo confirma, mediante sentencia, la condena a una empresa de eventos a cesar en la utilización de la imagen de un cantante fallecido, por hacer uso de su fotografía y nombre en un festival de música con fines comerciales y publicitarios contra la voluntad expresa de sus herederos, por lo que también tendrá que indemnizarles con más de 37.000 euros por los perjuicios ocasionados.
En dicho festival intervenían los otros miembros del grupo de música del que el cantante fallecido fue fundador y vocalista. Sus herederos requirieron a la entidad demandada para que cesara en la utilización del nombre y la imagen de su padre con fines comerciales y lucrativos, de conformidad con su voluntad expresa de que no se llevase a cabo ningún homenaje.
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