Esta noticia fue publicado previamente por la CNMV.
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha llevado a cabo una primera actuación horizontal de supervisión del cumplimiento de la normativa sobre preferencias de sostenibilidad por parte de las entidades que prestan servicios de inversión.
Esta reciente normativa europea establece en primer lugar que las entidades deben preguntar a sus clientes si tienen preferencias sobre la sostenibilidad (ambiental, social, etc) en sus inversiones. A renglón seguido, la norma les obliga a integrar esas preferencias cuando evalúan la idoneidad de los productos financieros en los que asesoran al cliente o que incluyen en la cartera que gestionan al cliente. Es decir,
estas obligaciones afectan al asesoramiento y la gestión de carteras; pero no aplican cuando se vende un producto a un cliente sin asesoramiento. Además, las entidades deben considerar factores de sostenibilidad a la hora de definir el público objetivo de los instrumentos financieros que diseñan o comercializan.
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