Este post proviene de esta fuente de noticias
La Comisión Europea ha adoptado hoy sus Directrices sobre la aplicación del Derecho de la competencia de la UE a los convenios colectivos relativos a las condiciones laborales de los trabajadores por cuenta propia sin asalariados (en lo sucesivo «las Directrices»). Las Directrices aclaran cuándo determinados trabajadores autónomos pueden reunirse para negociar colectivamente mejores condiciones de trabajo sin infringir las normas de competencia de la UE.
Las Directrices sobre convenios colectivos
El artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) prohíbe los acuerdos entre empresas que restrinjan la competencia. Si bien los convenios colectivos entre empleadores y asalariados no están sujetos a las normas de competencia de la UE, los trabajadores por cuenta propia se consideran «empresas» y, por tanto, corren el riesgo de infringir las normas de competencia si negocian colectivamente sus honorarios u otras condiciones comerciales. Por lo tanto, a menudo los trabajadores por cuenta propia se hallan en la incertidumbre en cuanto a si pueden o no negociar colectivamente sus condiciones de trabajo.
Las Directrices se aplican a las personas que trabajan por cuenta propia de forma totalmente autónoma y que no emplean a otras personas.
Consulte la noticia original si desea conocer más.
- Transferencias internacionales de datos personales: retos y aspectos clave
- La autoridad de privacidad holandesa pide a los usuarios de LinkedIn que rechacen el uso de sus datos para IA
- Renfe despide a un directivo por gastar 28.200 euros en viajes de lujo
- Una investigación por blanqueo de capitales destapa una trama urbanística en Sevilla
- Transparency International España propone 100 medidas para combatir la corrupción
- Bruselas busca reformar la ley de cookies tras años de críticas