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La Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo han alcanzado un acuerdo político para otorgar una mayor ventaja a la UE en el acceso a los mercados de contratación pública fuera de la UE, que servirá para impulsar las oportunidades de las empresas de la UE. El acuerdo sobre el Instrumento de Contratación Pública Internacional (ICPI) es el fruto del diálogo tripartito final celebrado en Bruselas el 14 de marzo.

El mercado de contratación pública de la UE es uno de los mayores y más accesibles del mundo. Sin embargo, muchos de los principales socios comerciales de la UE aplican prácticas restrictivas en sus mercados que discriminan a las empresas de la UE. Estas restricciones afectan a sectores de la UE competitivos, como la construcción, el transporte público, los productos sanitarios, la generación de electricidad y los productos farmacéuticos. El ICPI ayudará a abordar este problema facultando a la UE para iniciar investigaciones en los casos de supuestas restricciones que afecten a las empresas de la UE en los mercados de contratación pública de un tercer país, entablar consultas con el país afectado sobre la apertura de su mercado de contratación pública y, en última instancia, restringir el acceso al mercado de contratación pública de la UE para las empresas extranjeras que procedan de un país que sigue aplicando restricciones a las empresas de la UE.

Con el ICPI, la Comisión podría finalmente aplicar restricciones en sus propios mercados de contratación pública, ya sea mediante ajustes en la forma en que se evalúan las ofertas del país afectado, o mediante la exclusión de ciertas ofertas procedentes de dicho país. En la práctica, estas medidas de ajuste consistirían en considerar que las ofertas del país afectado, en comparación con otras ofertas, ofrecen un precio más elevado del precio real propuesto. Esto daría a los licitadores de la UE y a los de los países no afectados una ventaja competitiva en los mercados de contratación pública de la UE.

Se trataría de una medida de último recurso. Antes de dar este paso, la Comisión iniciaría investigaciones sobre casos de supuestas restricciones para las empresas de la UE en los mercados de contratación pública del tercer país. Paralelamente a la investigación sobre las restricciones a los bienes, los servicios o los proveedores de la UE, la Comisión invitaría al país afectado a celebrar consultas sobre la apertura de su mercado de contratación pública. Estas consultas también podrían tener lugar en forma de negociaciones para llegar a un acuerdo internacional.

En cualquier caso, para evitar la aplicación de tales medidas, bastará con que los terceros países pongan fin a sus prácticas restrictivas. Los compromisos vigentes de la UE, incluidos el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) de la OMC y los acuerdos comerciales bilaterales, no se ven afectados por este instrumento.

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