Sanción por violar el RGPD en un bufete
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una sanción de 5.000 euros a un despacho de abogados por subir a su página web la fotografía de uno de sus letrados sin contar con su consentimiento previo. Según los hechos, el abogado afectado trabajó en el bufete entre marzo y julio de 2023 y denunció que su nombre, apellidos y fotografía fueron publicados sin autorización. Este caso refuerza la importancia de cumplir con las normativas vigentes de protección de datos en entornos profesionales.
Infracción del Reglamento General de Protección de Datos
La AEPD determinó que el despacho vulneró el artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que obliga a obtener consentimiento explícito para el tratamiento de datos personales. Además, subrayó que dicho consentimiento debe recogerse de forma previa, escrita y clara, cumpliendo con la información que exige el artículo 13 del mismo reglamento. Este fallo evidencia la necesidad de reforzar el cumplimiento normativo para evitar sanciones y proteger los derechos individuales en la gestión de datos.
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