La AEPD considera que la práctica vulnera la normativa de protección de datos

Esta noticia ha sido publicada previamente por Economist & Jurist.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a una empresa del sector de hospedaje por requerir a sus clientes el envío de imágenes de sus documentos de identidad como parte del proceso de registro. Según la AEPD, esta práctica vulnera el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) al recopilar información personal de manera desproporcionada y sin una base legal adecuada. La normativa permite a los establecimientos verificar la identidad de los huéspedes, pero no autoriza la conservación de copias de documentos salvo en casos específicos regulados por ley.

Repercusiones y advertencias para el sector

La resolución de la AEPD subraya la importancia de adoptar medidas adecuadas para garantizar la protección de los datos personales en el sector hotelero. Se insta a las empresas a revisar sus protocolos de registro y aplicar métodos menos intrusivos, como la simple visualización del DNI en el momento del check-in. La sanción marca un precedente que podría derivar en inspecciones más estrictas y multas para aquellos establecimientos que incumplan la normativa vigente en materia de privacidad.

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