Este post proviene de esta fuente de noticias
La Audiencia Provincial de Lugo confirma la condena a una conocida empresa de ascensores a indemnizar con 6.000 euros a un hombre que se lesionó cuando, tras quedar atrapado en un ascensor averiado, intentó salir del mismo siguiendo las indicaciones que le fueron facilitadas por teléfono por un técnico de dicha compañía encargada de su mantenimiento. El Tribunal absuelve a la aseguradora y a la comunidad de propietarios, ya que considera que la empresa de ascensores es la única responsable del siniestro.
El demandante iba en el ascensor de la finca donde vivía junto a otras cuatro personas, cuando repentinamente se quedó parado. Llamaron al teléfono de averías, donde les dijeron que el técnico iba a tardar un rato. Tras una hora y media atrapados en el elevador, el técnico les llamó para explicarles cómo poder salir, ya que iba a tardar en poder llegar físicamente. Siguiendo sus instrucciones consiguieron abrir la puerta y al salir. No obstante, como el ascensor se había quedado elevado a un metro del suelo, el demandante se lesionó las piernas al caer.
La Audiencia recuerda que corre a cargo de la demandante acreditar la existencia de la acción u omisión determinante de su responsabilidad. En este sentido, la empresa quedaría exenta de responsabilidad si probase que es imputable al propio usuario la producción del siniestro.
Consulte la noticia original si desea conocer más.
- Sentencia SJSO 2400/2025 avala fichaje biométrico en hospitales
- Alemania aprueba la ley de aplicación del Data Act para regular el uso de datos industriales
- El proyecto CRAB publica buenas prácticas para la lucha contra el blanqueo de capitales en la contratación pública
- BDO corta lazos con oficina familiar sancionada por su presunto vínculo con red internacional de estafas
- La AEPD multa a Bizum por no garantizar la confidencialidad en el envío de dinero
- La ANPD de Perú publica guía para anonimizar y seudonimizar datos personales en el sector público