Esta noticia fue publicada previamente por The Law Society Gazette.

El bufete londinense Mishcon de Reya ha acordado pagar 232.500 libras esterlinas -una de las mayores multas impuestas por el regulador- por varias infracciones relacionadas con las normas de blanqueo de capitales.

El bufete admitió no haber asegurado la debida diligencia sobre cuatro clientes relacionados y haber extraviado las pruebas de la diligencia que había llevado a cabo.

La empresa también aceptó que se proporcionó una formación inadecuada al socio en el que se basaba el cumplimiento de la normativa contra el blanqueo de capitales, y que se transfirieron indebidamente fondos de un libro de contabilidad de clientes para liquidar honorarios y desembolsos.

En un resultado acordado publicado hoy, la Autoridad de Regulación de Abogados dijo que la sanción económica debía ser del 0,25% del volumen de negocios de 155 millones de libras esterlinas de la empresa, lo que equivale a 387.500 libras esterlinas, pero reducido en un 40% para tener en cuenta los factores atenuantes.

Es el segundo problema de regulación al que se enfrenta Mishcon de Reya en los últimos meses: en octubre, la firma fue multada con 25.000 libras por el SDT por no evitar que se hicieran pagos en y desde la cuenta del cliente para pagar a terceros implicados en los traspasos de fútbol. La empresa ha anunciado su intención de cotizar en bolsa después de que los socios votaran a favor de su salida al mercado el año pasado.

En la última sanción, la SRA declaró que Mishcon de Reya realizó trabajos para dos clientes individuales y vehículos corporativos relacionados con ellos entre septiembre de 2015 y abril de 2017. Este trabajo estaba relacionado con una investigación regulatoria no SRA, la planificación de activos para uno de los individuos y las etapas iniciales de una adquisición propuesta.

Se obtuvo la debida diligencia para los dos individuos, pero la empresa no tenía un archivo en papel, que parecía haberse extraviado, y no se conservó ninguna copia electrónica de los registros.

Ambas adquisiciones propuestas presentaban un mayor riesgo de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo, según la SRA, porque se trataba de empresas en jurisdicciones de alto riesgo. Se realizaron pagos con entrada y salida de la cuenta del cliente que no guardaban relación con un negocio jurídico subyacente y la empresa no envió una factura de gastos u otra notificación por escrito de los gastos incurridos.

Una investigación externa encargada por el bufete descubrió que el socio correspondiente no había recibido la formación obligatoria exigida por la normativa de lucha contra el blanqueo de capitales.

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