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La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto, en una reciente sentencia de 18 de octubre, que la participación sindical no puede mermar cuando una sociedad anónima se transforma en sociedad anónima europea.
En su fallo, en concreto, los jueces comunitarios aclaran que, si la norma interna de cada país exige una votación separada para que los sindicatos no vean reducido su derecho de representación en el consejo de control de la S.A., esa misma norma debe prevalecer tras la mutación en sociedad europea.
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