Este post proviene de esta fuente de noticias
La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto, en una reciente sentencia de 18 de octubre, que la participación sindical no puede mermar cuando una sociedad anónima se transforma en sociedad anónima europea.
En su fallo, en concreto, los jueces comunitarios aclaran que, si la norma interna de cada país exige una votación separada para que los sindicatos no vean reducido su derecho de representación en el consejo de control de la S.A., esa misma norma debe prevalecer tras la mutación en sociedad europea.
Consulte la noticia original si desea conocer más.
- La ley antiblanqueo exigirá identificar a los clientes de criptocajeros
- El Banco de España sanciona a CaixaBank y Sabadell con 41,5 millones
- TikTok impulsará un segundo centro de datos de 1.000 millones en Finlandia
- FinCEN propone una reforma integral de los programas AML/CFT
- Detenido en Valladolid por estafar más de 100.000 euros con falsos repostajes
- LinkedIn, cuestionada por presunta vigilancia silenciosa de usuarios