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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en una sentencia de 21 de febrero de 2022, ha declarado improcedente el despido de un trabajador que, según su empresa, faltó al deber de responder a un correo urgente durante sus vacaciones y desobedeció una orden. La justicia remarca que el empleado no tenía ninguna obligación de responder a la correspondencia amparado por el derecho a la desconexión digital.
Según los hechos, el trabajador, técnico de servicio de asistencia técnica, recibió un correo electrónico estando de vacaciones que había pedido porque si hijo estaba ingresado en un hospital, con un archivo con el bono de pago de la ITV para la furgoneta que le había sido facilitada, y tiempo después se le envía otro correo electrónico preguntándole si ha llevado la furgoneta a la ITV.
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