Esta noticia fue publicada previamente por el Poder Judicial.
La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado la medida cautelarísima solicitada por Tools for Humanity Corporation GMBH (TFH), de la empresa Worldcoin, en su recurso contra la Orden de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que suspendió de forma cautelar la recopilación y tratamiento de datos personales en España a través del iris, los ojos y el rostro y su posterior procesamiento a cambio de un pago en una criptomoneda ingresada en un wallet vinculado a una app.
La Sección Primera, en un auto, considera que atendiendo a la ponderación de los intereses en conflicto y, a la vista de las circunstancia concurrentes, debe prevalecer “la salvaguarda del interés general que consiste en la protección del derecho a la protección de datos personales de los interesados frente al interés particular de la empresa recurrente de contenido fundamentalmente económico”.
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