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La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) ha publicado hoy sus Directrices actualizadas para la evaluación de la equivalencia de los regímenes de secreto profesional y confidencialidad de las autoridades de terceros países, con el fin de ampliar el alcance y la finalidad de la evaluación.

Durante los últimos años, la EBA ha apoyado a las autoridades competentes de la UE en la evaluación de los regímenes de secreto profesional de las autoridades de terceros países para facilitar su participación en los colegios de supervisores de la UE, de conformidad con el artículo 116, apartado 6, de la Directiva sobre requisitos de capital (DRC).

El Reglamento de la EBA también encomienda expresamente a la EBA la tarea de supervisar los marcos de regulación y supervisión de terceros países y establece un vínculo más estrecho entre la equivalencia y la cooperación con las autoridades de terceros países equivalentes mediante acuerdos de cooperación. Del mismo modo, las disposiciones de la Directiva sobre requisitos de capital (DRC), la Directiva revisada sobre servicios de pago (DSP2), la Directiva sobre reestructuración y resolución de entidades bancarias (DRRB) y la Directiva contra el blanqueo de capitales (DAB) prevén la posibilidad de que las autoridades de la UE firmen acuerdos de cooperación con las autoridades de terceros países.

En vista de ello, la EBA ha actualizado sus Directrices sobre la equivalencia del régimen de confidencialidad de terceros países, para permitir un alcance más amplio de la evaluación, es decir, incluir todas las disposiciones pertinentes de la DRC, la DSP2, la DRRB y la ALD, según sean aplicables a las autoridades específicas de terceros países) una finalidad más amplia, es decir, apoyar los acuerdos de cooperación y facilitar la participación en los colegios de supervisión, resolución y ALD.

Además, la EBA también ha actualizado el documento que muestra cómo los principios que rigen el régimen de confidencialidad de la UE se reflejan en el marco de la UE, tal como se define en las disposiciones pertinentes de la DRC, la DRRB, la ALD y la DSP2.