Esta noticia fue publicada previamente por Economist&Jurist.
La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado con 1.000 euros a un trabajador por compartir en un grupo de WhatsApp de 31 personas datos de carácter personal de un compañero de trabajo.
Un hombre interpuso una reclamación ante la AEPD, toda vez que la parte reclamada había revelado informacion y datos de carácter personal a terceros, sin el consentimiento expreso del titular de dichos datos.
Según el reclamante, el trabajador difundió a través de WhatsApp, sin su conocimiento ni consentimiento, sus datos personales a un grupo de 31 personas. Entre tales datos difundidos estaban su nombre, apellidos, DNI, antigüedad, fecha de nacimiento y filiación sindical.
Consulte la noticia original si desea conocer más.
- El índice de percepción de la corrupción 2025 agrava el deterioro en España
- Sanción al CNIO por despedir a denunciantes de corrupción
- Hackeo al regulador de privacidad neerlandés compromete datos de empleados
- España propone prohibir las redes sociales a menores de 16 años
- El Tribunal de Cuentas Europeo alerta de debilidades antifraude en España con los fondos UE
- La modernización del derecho de rectificación impulsa su adaptación al entorno digital