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“Regalo de un bono de hotel a cambio de un voto”. Así es como un sindicato intentaba motivar a sus afiliados para que fuesen a votar. Es cierto que en las normas generales que regulan el proceso de las elecciones sindicales no existia previsión alguna de este tipo, el Tribunal Supremo condena a un sindicato, a través de una sentencia, a abonar 3.000 euros en concepto de indemnización a favor de la federación sindical demandante. Aunque no se anulan los resultados porque no fueron impugnados, los magistrados consideran que se ha lesionado el derecho fundamental a la libertad sindical de sus afiliados.
El sindicato remitió por correo electrónico y a través de las redes sociales y medios de comunicación social, un escrito en el que, para motivar la votación de sus afiliados, les obsequiaba con un bono de 100 € para utilizar en Complejos Turísticos.
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