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El Reino Unido introducirá un nuevo delito penal de omisión del deber de prevenir el fraude.

El nuevo delito (que aún se está perfilando en su tramitación parlamentaria), se incluirá en el Proyecto de Ley sobre Delincuencia Económica y Transparencia Empresarial y entrará en vigor una vez que dicho proyecto haya sido aprobado por el Parlamento. Esto podría ocurrir en la primavera o el verano de 2023.

En virtud del nuevo delito (que es similar a los delitos existentes de no impedir el soborno y no impedir la facilitación de la evasión fiscal), una organización será responsable cuando un empleado o agente cometa un delito de fraude específico, en beneficio de la organización, y ésta no disponga de procedimientos razonables de prevención del fraude. No es necesario demostrar que la dirección de la empresa ordenó o tuvo conocimiento del fraude.

El delito propuesto en su forma actual (hay mucho debate sobre este punto) recoge los siguientes delitos de fraude y falsedad contable:

  • fraude por falsa representación;
  • fraude por omisión de información;
  • fraude por abuso de posición;
  • obtención deshonesta de servicios;
  • participación en un negocio fraudulento;
  • declaraciones falsas por parte de directivos de empresas;
  • contabilidad falsa;
  • comercio fraudulento;
  • defraudación a la hacienda pública.

Si desea conocer más, consulte el post UK to Introduce a New Corporate Criminal Offence of Failure to Prevent Fraud publicado primero en Global Compliance News.