Esta noticia fue publicada previamente por Economist & Jurist.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid ha condenado a Ryanair a devolver el suplemento de 50 euros cobrado a unos pasajeros que fueron obligados a facturar una maleta que, por dimensiones y peso, “podía ser perfectamente transportada en cabina”.
La sentencia, de 17 de junio de 2022, tilda de abusiva la tarifa aplicada al equipaje de mano “al cercenar los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley”.
Consulte la noticia original si desea conocer más.
- Contratación encargados del tratamiento
- TJUE confirma que los intereses legales pueden incluir intereses comerciales
- Nuevas Medidas Para La Igualdad LGTBI En Empresas
- ¡Alerta de blanqueo en el sector hidrocarburos!
- Meta Ireland sancionada con 91 millones de euros por incumplir el RGPD
- El EDPB adopta nuevas directrices sobre interés legítimo y procesadores