Esta nueva resolución, tuvo origen un empleado público en excedencia de un ayuntamiento presentó una reclamación de cantidad a ese Ayuntamiento.
De esta forma, se ha impuesto una sanción por infringir los artículos 5.1.f) del RGPD y 32 del RGPD.
Puede consultar la resolución pulsando aquí.
- La ley antiblanqueo exigirá identificar a los clientes de criptocajeros
- El Banco de España sanciona a CaixaBank y Sabadell con 41,5 millones
- TikTok impulsará un segundo centro de datos de 1.000 millones en Finlandia
- FinCEN propone una reforma integral de los programas AML/CFT
- Detenido en Valladolid por estafar más de 100.000 euros con falsos repostajes
- LinkedIn, cuestionada por presunta vigilancia silenciosa de usuarios