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La Autoridad Bancaria Europea (EBA) ha adoptado una decisión sobre la notificación por parte de las autoridades competentes de los datos de fraude en los pagos en el marco de la Directiva sobre servicios de pago (PSD2). Las autoridades competentes comunicarán a la EBA los datos de fraude en los pagos en el marco de la DSP2, tal como se especifica en las Directrices de la EBA sobre la comunicación de datos de fraude, a través de la Infraestructura Europea Centralizada de Datos (EUCLID) y de acuerdo con el Modelo de Punto de Datos (MPD) de la EBA.
Esta Decisión permite el establecimiento de un acuerdo de flujo de trabajo racionalizado por el que el Banco Central Europeo, en nombre de las autoridades competentes pertinentes, podría presentar los datos de acuerdo con las especificaciones establecidas en la Decisión EUCLID.
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