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El Congreso de los Diputados ha introducido mejoras sustanciales en la reforma de la nueva Ley Concursal, entre las que destaca la preceptividad de la abogacía y la procura en todos los procedimientos, tal y como había solicitado de forma reiterada el Consejo General de la Abogacía Española tanto durante el periodo de alegaciones previo como durante el trámite parlamentario. Ese es uno de los numerosos cambios incorporados en el texto que esta mañana ha sido aprobado por el Pleno del Congreso y que será remitido al Senado.
El Consejo se congratula de los avances introducidos, así como el hecho de que se han hayan incorporado los principales aspectos de la directiva que la reforma tiene el mandato legal de trasladar a la legislación española. De esta forma, el parecer del órgano rector de la Abogacía es que se ha avanzado en la aplicación del procedimiento simplificado al reducirse su umbral, pero la rebaja de los límites no ha sido suficiente para limitar mucho más su alcance. Según el texto aprobado hoy, deberán acogerse a este procedimiento las empresas que contasen con una facturación de menos de 700.000 euros anuales, un pasivo de 350.000 euros o que tengan menos de 10 empleados.
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