Esta noticia fue publicada previamente por el Poder Judicial.
La magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil nº 17 de Madrid ha estimado parcialmente la demanda presentada por la European Super League Company S. L. (ESLC) contra la UEFA y la FIFA y ha declarado que ambos organismos han abusado de su posición de dominio y están impidiendo la libre competencia en el mercado al atribuirse la facultad discrecional de prohibir la participación en competiciones alternativas e imponer restricciones injustificadas y desproporcionadas que infringen los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
En el fallo se ordena también a la FIFA y a la UEFA a que cesen en las conductas anticompetitivas sancionadas y se les prohíba su reiteración futura, además de condenarles a remover inmediatamente todos los efectos de las actuaciones anticompetitivas que se hayan producido antes o durante la duración de este procedimiento, que comenzó el 18 de abril de 2021 cuando ESLC anunció la puesta en marcha de un proyecto de nueva competición de fútbol profesional, llamado Súperliga, y ejercitó acciones en materia de defensa de la competencia ante la respuesta de las citadas instituciones.
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