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No hay reconocimiento facial para los supermercados, pero sí para las centrales nucleares: el organismo de control de datos de los Países Bajos ha publicado una guía que explica en qué casos se puede utilizar el reconocimiento facial.

En el documento, la Autoridad Holandesa de Protección de Datos (Autoriteit Persoonsgegevens), o DPA, establece las preguntas legales más comunes relacionadas con la tecnología de reconocimiento facial y el procesamiento de datos biométricos.

La agencia reiteró que la introducción de la tecnología de reconocimiento facial en los supermercados sería una violación de las leyes de privacidad holandesas. El problema se planteó en 2020 cuando un tendero holandés no identificado intentó introducir la vigilancia biométrica para atrapar a los ladrones y otras personas que podrían representar una amenaza, solo para que los reguladores lo impidieran.

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