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La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al extesorero del PP Luis Bárcenas a dos años de cárcel y al Partido Popular como responsable civil subsidiario en relación al pago con fondos de la caja B de la reforma de la sede central del partido en Madrid. Los responsables de la constructora han sido sentenciados a dos años y 9 meses de prisión, mientras el exgerente del PP Cristóbal Páez y la extrabajadora de la empresa han resultado absueltos.
La sentencia, de 454 páginas y de la que ha sido ponente María Fernanda García Pérez, condena a dos años de cárcel a Bárcenas por abonar a la empresa Unifica 1.072.000 euros por las obras realizadas en la sede central del PP «al margen de la facturación y la contabilidad oficial y no declarados a la Hacienda pública».
La condena lo es en calidad de cooperador necesario de un delito continuado de falsedad contable en concurso con un delito contra la Hacienda Pública relativo al Impuesto de Sociedades de 2007 de la Empresa Unifica. Y esto, en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particulares. Le impone una multa de 1,2 millones de euros.
Por ese mismo delito contra la Hacienda Pública por el impuesto de sociedades, la Audiencia Nacional condena al PP como responsable civil subsidiario de 123.669 euros, la parte correspondiente de la cuota defraudada por la constructora. La cuantía total ascendió a 870.521,32 euros que Bárcenas les dio en B para pagar uno de los tramos de la reforma. El PP responde como subsidiario junto a él, los dos responsables de las obras y la propia empresa.
Mientras, absuelve al partido del delito contra la Hacienda Pública por el Impuesto de Sociedades de 2008 que se le atribuía también en calidad de responsable civil subsidiario, porque ni Anticorrupción ni la Abogacía del Estado acusaban por ello y las acusaciones populares, según concluye la sentencia, no están legitimadas para hacerlo. Apunta, de todos modos, que «no puede considerarse acreditada la comisión de dicho delito fiscal».
Para los magistrados, no consta que el PP, a través de su comité ejecutivo ejerciera un control adecuado sobre la gestión de Bárcenas, siendo las medidas adoptadas por el partido tanto respecto de él como de auditoría interna o con la promoción de iniciativas legislativas sobre financiación de partidos posteriores a los hechos. Por eso, condena como responsable civil subsidiario, en tanto que tiene que hacerse cargo de las maniobras de quien era su gerente.
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