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La Autoridad Bancaria Europea (EBA) ha publicado hoy sus directrices definitivas sobre el uso de soluciones de incorporación de clientes a distancia. Estas directrices establecen las medidas que deben adoptar las entidades de crédito y financieras para garantizar unas prácticas de incorporación de clientes a distancia seguras y eficaces, en consonancia con la legislación aplicable en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo y con el marco de protección de datos de la UE. Las Directrices se aplican a todas las entidades de crédito y financieras que entran en el ámbito de aplicación de la Directiva contra el blanqueo de capitales.
Estas Directrices establecen normas comunes de la UE sobre el desarrollo y la aplicación de políticas y procesos sólidos de diligencia debida con respecto al cliente inicial que tengan en cuenta el riesgo en el contexto de la incorporación de clientes a distancia. Establecen los pasos que deben dar las instituciones financieras a la hora de elegir las herramientas de captación de clientes a distancia y de evaluar la idoneidad y fiabilidad de dichas herramientas, con el fin de cumplir eficazmente con sus obligaciones en materia de PBC/FT. Las directrices son tecnológicamente neutras y no dan prioridad al uso de una herramienta sobre otra.
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