La AEPD impone sanción de 20.000 euros por vulnerar la privacidad
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 20.000 euros a una empresa inmobiliaria por realizar fotografías y vídeos de los buzones de comunidades de propietarios durante sus visitas comerciales, sin contar con base legal que legitimara dicho tratamiento de datos personales. La infracción fue calificada como grave al haberse captado información identificativa de residentes sin informar previamente ni contar con su consentimiento, vulnerando el principio de licitud recogido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Según la resolución, la empresa alegó que tomaba las imágenes como parte de un proceso interno de verificación de domicilios, pero la AEPD concluyó que no existía justificación válida ni proporcional para ese tipo de tratamiento. El organismo recuerda que los datos visibles en los buzones —como nombres y apellidos— se consideran datos personales, y su captación con fines comerciales sin autorización expresa constituye una violación de los derechos de los afectados.
Privacidad en espacios comunes y responsabilidad empresarial
Este caso subraya la necesidad de que las empresas revisen sus procedimientos cuando operan en espacios compartidos como comunidades de vecinos. La AEPD insiste en que cualquier tratamiento de datos debe respetar la normativa vigente, informarse adecuadamente y estar basado en una causa legítima. Las sanciones como esta buscan disuadir prácticas invasivas y reforzar la cultura de cumplimiento en el sector inmobiliario.
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