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El Juzgado de lo Mercantil nº3 de Pontevedra, con sede en Vigo, ha dispuesto la extinción con fecha 1 de agosto de cien contratos de trabajo de la plantilla de trabajadores de Hijos de J. Barreras, en fase de liquidación tras haber sido declarada en concurso voluntario. Están también afectadas por esta resolución judicial dos empleadas que realizan labores administrativas y que seguirán en activo hasta que sea solicitado por la Administración Concursal, pues los puestos de trabajo que desempeñan son necesarios para este periodo de liquidación de la concursada. Según consta en la resolución, los afectados por este despido colectivo serán indemnizados con veinte días por año trabajado.
La magistrada ha tomado esta decisión una vez que han quedado acreditadas “las causas económicas y productivas motivadoras de la medida interesada, consistente en la extinción colectiva de los contratos de trabajo de 102 trabajadores de la plantilla”. En el auto se concluye que no existen “indicios para apreciar que concurra dolo, fraude, coacción o abuso de derecho, visto el informe favorable de la Autoridad Laboral”.
Examinada la documentación aportada por los representantes de los trabajadores por parte de la titular del órgano judicial, no se desprende de ella, según se indica en la resolución, “la existencia de un grupo de empresas patológico con trascendencia laboral, que permita extender la responsabilidad de la concursada a los efectos de la extinción colectiva de los contratos de trabajo” a otras empresas.
Contra este auto del Juzgado de lo Mercantil nº3 de Pontevedra cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
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