Esta noticia fue publicada previamente por Ballard Spahr.
La Financial Crimes Enforcement Network (“FinCEN”) firmó una Orden de Consentimiento con CommunityBank of Texas, N.A. (“CBOT”), en la que CBOT admitió importantes deficiencias con respecto a la aplicación y eficacia de su programa contra el blanqueo de capitales (“AML”). Las sanciones monetarias impuestas a CBOT son sustanciales: FinCEN impuso una sanción de 8 millones de dólares, aunque CBOT recibirá un crédito por una sanción separada de 1 millón de dólares que se pagará a la Oficina del Contralor de la Moneda (“OCC”).
La Orden de Consentimiento, disponible aquí, ofrece una valiosa visión del razonamiento de FinCEN para sus acciones de aplicación. Según la Orden de Consentimiento, CBOT tiene una huella regional y opera varias sucursales en Texas. Presta servicios a pequeñas y medianas empresas y a profesionales. Y, en la “parte de atrás de la casa”, CBOT estableció un sistema típico de AML diseñado para detectar y escalar las alertas de actividad sospechosa para la investigación y la potencial presentación de Informes de Actividad Sospechosa (“SARs”). Sin embargo, la FinCEN alegó que, durante un período de al menos cuatro años, la CBOT no aplicó “deliberadamente” su programa de lucha contra el blanqueo de capitales, lo que hizo que no se presentaran informes de actividad sospechosa ni se detectaran actividades sospechosas específicas. Como se detalla a continuación, muchas de las supuestas deficiencias del programa AML de CBOT se derivaron de la falta de recursos y personal de cumplimiento entre 2015 y 2019: se asignaron muy pocos analistas para revisar e investigar las transacciones potencialmente sospechosas, y como resultado, las investigaciones posteriores y la diligencia debida se vieron afectadas, incluida la supuesta falta de presentación de al menos 17 SAR específicos.
Dado que la Orden de Consentimiento detallada ofrece una oportunidad poco frecuente de conocer el razonamiento de la FinCEN detrás de sus acciones de aplicación de la ley en general, exploramos los supuestos fallos con cierto detalle a continuación. A continuación, resumimos los principales detalles de la Orden de Consentimiento, ofrecemos las principales conclusiones y señalamos varias cuestiones que la Orden de Consentimiento aún deja sin resolver.
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