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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció hoy que la información sobre intereses privados de directores de agencias que reciben fondos públicos, que puede hacerse pública en aras de la transparencia, debe estar limitada por el derecho a la protección de la vida privada.
La corte, con sede en Luxemburgo, consideró que “la legislación lituana que prevé la divulgación en línea de parte de los datos contenidos en la declaración de intereses privados de los directores de establecimientos que reciben fondos públicos es contraria al Derecho de la UE”, informó el tribunal en un comunicado.
La máxima instancia administrativa de la Unión Europea considera que “el respeto del principio de transparencia en el ejercicio de las funciones públicas debe conciliarse con el principio fundamental derechos afectados por la medida, mediante una ponderación equilibrada entre, por un lado, el objetivo de interés general y, por otro lado, los derechos fundamentales en cuestión”.
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