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La Sala II del Tribunal Supremo ha notificado este miércoles la sentencia que resuelve los recursos interpuestos contra la sentencia de 19 de noviembre de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla (rollo 1965/2017), dictada en la llamada “pieza específica” del caso ERE, en la que se enjuició a los principales responsables políticos y administrativos de la Junta de Andalucía que intervinieron en la gestión, concesión y pago de determinadas ayudas sociolaborales. La resolución cuenta con un voto particular formulado por dos magistradas.
El Tribunal ha acordado por mayoría absolver a los Secretarios Generales Técnicos que fueron condenados en la instancia, don Javier Aguado Hinojal, don Francisco Sánchez García y doña Lourdes Medina Varo. También ha decidido reducir la condena de don Juan Márquez Contreras por apreciar la atenuante analógica de reparación del daño. Por último, ha resuelto mantener el resto de las condenas impuestas en la sentencia de la Audiencia Provincial.
La sentencia de casación declara que los distintos responsables crearon y mantuvieron un sistema de concesión de ayudas sociolaborales para evitar todo control administrativo, disponiendo del dinero público de forma discrecional y al margen de toda legalidad.
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