Esta noticia fue publicada previamente por Compromiso RSE.
El pasado mes de abril se acordaba bajo 19 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones, que las empresas estarían obligadas a identificar y, cuando sea necesario, prevenir, acabar o mitigar el impacto negativo de sus actividades, incluidas las de sus socios comerciales, sobre los derechos humanos y el medio ambiente. Esto incluye el trabajo infantil, la esclavitud, la explotación laboral, la contaminación, la degradación ambiental y la pérdida de biodiversidad. Asimismo, las empresas deberán evaluar su cadena de valor de manera que lleven a cabo su “debida diligencia”, afirman los eurodiputados.
“Estoy encantada de que se haya logrado un amplio consenso en la comisión para presentar normas vinculantes para que las empresas respeten a las personas y al planeta. Existe una clara voluntad de alinear esta directiva con las mejores prácticas internacionales, y para garantizar que las empresas deben hacer la debida diligencia en el diálogo continuo con los afectados por el daño, y remediarlo cuando ocurre. Si las empresas no cumplen, deben enfrentar sanciones, y si ocurre un daño, deben han evitado, entonces las víctimas deberían poder obtener justicia en los tribunales” afirmaba la ponente Lara Wolters (S&D, Países Bajos).
Consulte la noticia original si desea conocer más.
- Sentencia SJSO 2400/2025 avala fichaje biométrico en hospitales
- Alemania aprueba la ley de aplicación del Data Act para regular el uso de datos industriales
- El proyecto CRAB publica buenas prácticas para la lucha contra el blanqueo de capitales en la contratación pública
- BDO corta lazos con oficina familiar sancionada por su presunto vínculo con red internacional de estafas
- La AEPD multa a Bizum por no garantizar la confidencialidad en el envío de dinero
- La ANPD de Perú publica guía para anonimizar y seudonimizar datos personales en el sector público